Jorge Cholvis en ZOOM con Julieta Fiorentino
A propósito de actuales sucesos en EEUU, es necesario remarcar los altos objetivos que la Constitución Nacional de 1949 incorporó en la Argentina, al más elevado rango normativo: 1) supresión de los colegios electorales y elección directa por el pueblo al presidente y vice ; 2) normas que diseñaron estructuras económicas y sociales para el acceso efectivo a los derechos; 3) la participación popular en la actividad política y en el movimiento sindical; 4) una política internacional soberana y sin endeudamiento exterior; 5) se precisaron las incumbencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre control de constitucionalidad, y al procedimiento de casación en la interpretación de los codigos de fondo. Es claro que ello no se incorpora al debate político y constitucional, con el evidente propósito que se ignore cómo la Argentina con dicha Constitución iniciaba el camino hacia superiores formas de democracia y participación popular. Por cierto, en el marco del necesario debate que se debe realizar podremos incorporar otros conceptos, que además permiten afirmar que la Constitución Nacional de 1949 ha de ser el pórtico para delinear una Nueva Constitución, con una novedosa arquitectura filosófico-jurídica y un diseño técnico-político acorde a las necesidades de nuestro tiempo contemporáneo. Jorge Francisco Cholvis en ZOOM con Julieta Fiorentino.
